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Este Cmap, tiene información relacionada con: actividad 16 de amparo, Los Tribunales de la Federación en el conocimiento del juicio de amparo Los órganos jurisdiccionales que tienen competencia para conocer del juicio de amparo son los siguientes: La Suprema Corte de Justicia de la Nación., Los Tribunales de la Federación en el conocimiento del juicio de amparo Los órganos jurisdiccionales que tienen competencia para conocer del juicio de amparo son los siguientes: Los Tribunales Colegiados de Circuito., La Suprema Corte de Justicia de la Nación. esta puede conocer tanto de amparo directo como indirecto Por su parte, el artículo 85 de la Ley en comento, establece de igual forma la facultad de atracción para que la Suprema Corte pueda atraer los juicios de amparo indirecto, Se considera que llevan a cabo una función jurisdiccional ordinaria Al conocer y resolver a) De la apelación de asuntos conocidos en primera instancia por los Juzgados de Distrito, cuando dichos juzgados actúan en su función jurisdiccional ordinara. b) Del recurso de denegada apelación., Los Tribunales Colegiados de Circuito. Por lo que respecta a la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito si existen varios TCC con residencia en el mismo lugar, los juicios de amparo directo se presentarán ante las Oficinas de correspondencia común para la distribución de los asuntos mediante sistema computarizado., tienen una doble función jurisdiccional; la ordinaria y la constitucional Se considera que llevan a cabo una función jurisdiccional ordinaria, Por su parte, el artículo 85 de la Ley en comento, establece de igual forma la facultad de atracción para que la Suprema Corte pueda atraer los juicios de amparo indirecto que se encuentren en revisión, en aquellos casos en que se estime que por sus características especiales deba ser de su conocimiento., Los Tribunales Colegiados de Circuito. Los órganos jurisdiccionales federales con competencia para conocer del juicio de amparo directo son; la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, los Tribunales Colegiados de Circuito., Los Tribunales de la Federación en el conocimiento del juicio de amparo Los órganos jurisdiccionales que tienen competencia para conocer del juicio de amparo son los siguientes: Los Tribunales Colegiados de Apelación., Los Tribunales de la Federación en el conocimiento del juicio de amparo Los órganos jurisdiccionales que tienen competencia para conocer del juicio de amparo son los siguientes: Los Juzgados de Distrito., Los Tribunales Colegiados de Apelación. éstos al igual que los Juzgados de Distrito, tienen una doble función jurisdiccional;, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, los Tribunales Colegiados de Circuito. Los Tribunales Colegiados de Circuito conocen del juicio de amparo directo, en los cuales se impugnen sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin a un juicio, Los Juzgados de Distrito. Los juzgados de distrito, tienenuna doble función jurisdiccional a saber: II. Jurisdicción constitucional: al conocer de los juicios de amparo indirecto, en los términos del artículo 107 de la Ley de amparo., Los Tribunales Colegiados de Circuito. Por lo que respecta a la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito por razón del territorio, la ley de amparo establece que, será competente el TCC que ejerza jurisdicción en el lugar de residencia de la autoridad responsable., Los Tribunales Colegiados de Circuito. Por lo que respecta a la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito la competencia de los TCC por razón de la materia, existen algunos distritos, como es el caso del distrito décimo primero, Michoacán, en donde existe especialización por razón de la materia, penal, civil y administrativa y del trabajo., pero únicamente mediante el ejercicio de la facultad de atracción que le otorga la Ley. En efecto, el artículo 40de la Ley de Amparo establece que la Corte podrá ejercer la facultad de atracción para conocer de un juicio de amparo directo, cuando por el interés y trascendencia del asunto lo amerite., Los Tribunales Colegiados de Apelación. Por lo que ve a la competencia de estos en el conocimiento del juicio de amparo indirecto, está se desprende del artículo 36 de la ley de amparo, que establece que dichos Tribunales, sólo conocerán de los juicios de amparo indirecto promovidos contra actos de otros tribunales de la misma naturaleza, siempre y cuando dichos actos no constituyan sentencia definitiva., La Suprema Corte de Justicia de la Nación. esta puede conocer tanto de amparo directo como indirecto pero únicamente mediante el ejercicio de la facultad de atracción que le otorga la Ley., Los Tribunales de la Federación en el conocimiento del juicio de amparo Los órganos jurisdiccionales que tienen competencia para conocer del juicio de amparo son los siguientes: Los órganos jurisdiccionales de los poderes judiciales de los Estados, en los casos en que por disposición de la ley, actúan en auxilio de la justicia federal., Los Juzgados de Distrito. Los juzgados de distrito, tienenuna doble función jurisdiccional a saber: I. Jurisdicción ordinaria: en la que actúa como autoridad judicial en los procesos federales penales, civiles, mercantiles y administrativos.